Nuevas obligaciones de facturación electrónica
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) informó nuevas disposiciones vinculadas a la emisión de comprobantes electrónicos para determinados sujetos que perciben honorarios o retribuciones.
La medida alcanza, entre otros, a integrantes de sociedades y profesionales que intervienen en actuaciones judiciales.
Quiénes quedan alcanzados
Deberán emitir comprobantes electrónicos por sus operaciones:
- Directores de sociedades.
- Síndicos.
- Miembros de consejos de vigilancia.
- Socios gerentes.
- Fiduciarios.
- Abogados y peritos que intervengan en actuaciones judiciales.
En estos casos, los honorarios o retribuciones dejarán de estar exceptuados del régimen.
Qué cambia
La normativa incorpora nuevas exigencias formales relacionadas con la documentación y registración de ingresos profesionales y societarios.
Esto implica la necesidad de:
- Revisar la situación fiscal actual.
- Verificar la modalidad de facturación utilizada.
- Adecuar procesos administrativos y registrales.
- Mantener consistencia documental frente a fiscalizaciones.
Impacto para empresas y profesionales
La correcta emisión de comprobantes electrónicos no solo constituye una obligación formal, sino también una herramienta de orden y prevención frente a posibles contingencias fiscales.
En estructuras societarias y organizaciones con múltiples actores intervinientes, una adecuada planificación administrativa y tributaria resulta fundamental para evitar inconsistencias.
Recomendación profesional
Empresas y profesionales alcanzados por estas disposiciones deberían analizar el impacto particular de la normativa y verificar si sus procedimientos actuales requieren adecuaciones.
Una revisión preventiva permite minimizar riesgos y mantener un correcto cumplimiento fiscal y documental.
Este contenido es únicamente informativo y no constituye asesoramiento profesional.

